El Caso Garita 3

Uno de los impulsores del proyecto de Ley de Comunicación, Rolando Panchana, estuvo a cargo de la investigación del caso Garita 3 que evidenció irregularidades en la CTG.

Uno de los impulsores del proyecto de Ley de Comunicación, Rolando Panchana, estuvo a cargo de la investigación del caso Garita 3 que evidenció irregularidades en la CTG.

Con la propuesta de Ley de Comunicación que plantea el oficialismo, el ex periodista Rolando Panchana no hubiera podido participar en la elaboración de los reportajes periodísticos sobre el caso Garita 3.

El caso Garita 3, que evidenció actividades irregulares dentro de la Comisión de Tránsito del Guayas con ramificaciones políticas, no se hubiera podido difundir, tal como se lo hizo en su época, con varias de las propuestas que están por tratarse en la Asamblea y con otras que, se asegura, han sido archivadas para la Ley de Comunicación. Uno de los impulsores de este proyecto de ley, Rolando Panchana, estuvo a cargo de la investigación. Hoy es asambleísta del partido de Gobierno.

Un reportaje de Ecuavisa, a cargo del periodista Rolando Panchana, descubre en junio de 1997 una red de cobro de coimas a cooperativas de transporte en la Terminal Terrestre de Guayaquil. El caso salpica a un diputado, Franklin Verduga, del Partido Social Cristiano, y a personal de la Comisión de Tránsito del Guayas.

A Verduga, hermano del ministro de Gobierno César Verduga en el régimen de Fabián Alarcón, se lo acusa de arrogarse funciones en la CTG. La Comisión de Fiscalización del Congreso impulsa un pedido de descalificación del diputado por este hecho. El informe determina que Verduga “abusó del poder político” cuando posesionó al presidente alterno y a otros diez funcionarios de la CTG sin estar facultado para ello. También encuentra presunciones de responsabilidad y señala al diputado como uno de los probables beneficiarios de las extorsiones a choferes cometidas en la garita número 3.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Héctor Romero, dicta, en diciembre de 1997, auto cabeza de proceso y sindica, sin orden de prisión, a Verduga y a varios miembros de la CTG. Pasan cinco años y en diciembre del 2002, a un día de prescribir el caso, el presidente de la CSJ, Armando Bermeo, condena a cuatro años de prisión al ex diputado del PSC Franklin Verduga por el delito de concusión.  Luego, el 30 de marzo del 2004, la Primera Sala de lo Penal de la CSJ absuelve, por falta de pruebas, a Verduga. La sentencia fue suscrita por los magistrados Carlos Riofrío y Eduardo Brito.

Rolando Panchana, quien usó la técnica de cámara oculta durante la elaboración de la noticia, afirma al día siguiente que se ratifica en su trabajo: “Me ratifico en todos los términos de la investigación. Me llama la atención, como a cualquier persona, el cambio de criterio tan radical de los jueces. Pero ellos tienen la responsabilidad de administrar la justicia, no yo. Ellos saben por qué lo hacen”.

PROYECTO DE LEY DE COMUNICACIÓN DE LA ASAMBLEÍSTA BETTY CARRILLO

Art. 47.- Del ejercicio de los Profesionales en Comunicación y Periodismo.- Los medios de comunicación deben construir condiciones para asegurar la calidad y la responsabilidad del manejo de la información. Las direcciones editoriales y la elaboración de la noticia en los medios, deberán estar a cargo solo de Periodistas Profesionales o Comunicadores Sociales titulados. Estos requisitos aplican para medios privados, públicos y comunitarios.

Bajo el artículo 47, Rolando Panchana nunca hubiera podido elaborar la noticia de Garita 3 porque no es periodista profesional.

PROYECTO DE LEY DE COMUNICACIÓN DEL ASAMBLEÍSTA ROLANDO PANCHANA

Este articulado fue planteado en una propuesta inicial. Se decidió quitarlo, pero podría volverse a tratar en los debates.

Artículo 22.- Prohibiciones.- Se prohíbe a los medios de comunicación social lo siguiente:
Difundir información que sea producto de uso de cámaras ocultas, grabadoras escondidas, teleobjetivos y métodos de encubrimiento, que impliquen intromisión en la vida privada de las personas y que viole su intimidad, salvo en los casos autorizados por autoridad competente.

Bajo este articulado, demasiado subjetivo y que se presta a múltiples interpretaciones, este y otros casos de corrupción podrían ser objeto de prohibiciones y de autocensuras en los medios.


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