El Caso Restrepo

Los padres de los niños Restrepo expresaron durante muchos años cada semana su inconformidad porque nunca aparecieron los cuerpos.
Con la propuesta de Ley de Comunicación que plantea el oficialismo, las publicaciones sobre la desaparición de los hermanos Restrepo se hubieran podido detener.
Los hermanos Carlos Santiago y Pedro Andrés Restrepo desaparecen el 8 de enero de 1988. Sus padres empiezan su búsqueda en medio de dudas y contradicciones de la Policía. Una búsqueda incesante que dura años, no solo por encontrar sus cuerpos, sino por esclarecer los responsables y qué mismo pasó con los jóvenes de 18 y 15 años. Una búsqueda, también, que fue clave para que el Ecuador, debido a la perseverancia de los Restrepo y a través de su prensa, comenzara a debatir con fuerza sobre los derechos humanos. Sobre la necesidad de exigir claridad y transparencia de sus autoridades.
Dos años después, el presidente Rodrigo Borja forma una comisión internacional para investigar la desaparición, que se dio al final de la presidencia de León Febres-Cordero, un gobierno polémico, al que se acusó de violentar derechos humanos, de fuerte crítica contra la prensa y marcado por la represión contra organizaciones nacientes de guerrilla. Durante el mandato de Borja comienzan a aparecer acusaciones entre policías y detenciones contra varios uniformados y agentes del entonces Servicio de Investigación Criminal (SIC). Las investigaciones demuestran que los jóvenes fueron asesinados por excesos policiales. Incluso un ex policía, Hugo España, que acusó a varios miembros de la policía de la desaparición de los jóvenes, reveló que los cuerpos fueron tirados a la laguna de Yambo. La Corte Interamericana de Justicia dictaminó crimen de Estado el caso y logró un acuerdo para que el Ecuador pague 2 millones de dólares de indemnización a sus padres. Aún hoy, 21 años después, no aparecen sus cuerpos.
PROYECTO DE LEY DE COMUNICACIÓN DE LA ASAMBLEÍSTA BETTY CARRILLO
(Hasta este viernes se proponía esto. Se decidió quitarlo, pero podría volverse a tratar en los debates).Limitaciones a la libertad de expresión, comunicación e información.- El derecho a la libertad de pensamiento y de expresión tienen las siguientes limitantes:
Los juicios de opinión que generen vulneración a la imparcialidad del sistema de administración de justicia. Este principio es para precautelar el estado de inocencia de las personas. Sin que esta restricción impida la investigación y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución, Instrumentos Internacionales vigentes y esta Ley.
Con esta limitación, hubiera bastado que se interponga una queja judicial que indique que alguna información con opinión de alguna fuente, o un texto de opinión de un editorial o columnista sobre este caso, o cualquier otro, influye en la vulneración a la imparcialidad del sistema de administración de justicia, para coartar publicaciones sobre el tema.
En este blog se publicarán únicamente los comentarios relativos a Ley de Comunicación en Ecuador. Defendemos el derecho ciudadano a opinar, por eso, para participar le solicitamos que no use palabras ofensivas.

